Capacitar no es una recomendación: es una obligación
La Ley 19.587 establece expresamente que el empleador debe capacitar a su personal en materia de higiene y seguridad y en la prevención de enfermedades y accidentes, de acuerdo con las características y riesgos propios de cada actividad.
La palabra clave es "propios de cada actividad". Una capacitación genérica sobre seguridad laboral, la misma que se le da a una oficina y a un taller metalúrgico, no cumple el requisito. Lo que se exige es que el trabajador reciba formación sobre los riesgos concretos a los que está expuesto en su puesto y sobre cómo controlarlos.
Marco normativo aplicable
- Ley 19.587Establece la obligación del empleador de capacitar al personal en prevención de accidentes y enfermedades laborales según los riesgos de la actividad.
- Decreto 351/79Reglamenta el alcance de la capacitación y la obligación de registrarla documentalmente.
- Decreto 911/96Exigencias reforzadas de capacitación para la industria de la construcción.
- Ley 24.557Vincula la capacitación con el sistema de prevención de riesgos del trabajo.
Los cuatro tipos de capacitación que necesita una empresa
1. Inducción al ingresante
Antes de que el trabajador nuevo empiece a producir. Es el momento de mayor exposición: personal sin experiencia en el puesto, que no conoce los circuitos ni los riesgos del lugar. La estadística de siniestralidad concentra una parte importante de los accidentes en los primeros meses de trabajo.
2. Capacitación específica por riesgo
Según lo que hace efectivamente cada puesto: trabajo en altura, espacios confinados, riesgo eléctrico, manejo de sustancias químicas, autoelevadores, herramientas eléctricas, protección de máquinas. Es la formación técnica que efectivamente previene el accidente.
3. Brigadas y emergencias
Para quienes tienen rol asignado en el plan de evacuación: uso de matafuegos, procedimiento de alarma, evacuación de personas, primeros auxilios básicos. Sin esta capacitación, el plan de evacuación es un documento sin ejecutores.
4. Refuerzos y actualizaciones
Cuando cambia un proceso, se incorpora una máquina, se detecta una desviación en la recorrida o se investiga un accidente. Esta última es la más valiosa: capacitar sobre el accidente que acaba de ocurrir en la propia empresa tiene un efecto que ninguna capacitación teórica logra.
Cómo dictamos las capacitaciones
- Relevamiento de necesidades Identificamos qué riesgos tiene cada puesto y qué formación ya recibió el personal, para no repetir lo dado ni dejar huecos.
- Diseño del programa anual Armamos el cronograma con temas, destinatarios, duración y frecuencia, adaptado a los turnos reales de la empresa.
- Desarrollo de contenidos propios Elaboramos el material con ejemplos de tu propia actividad y fotos de tu planta. La gente presta atención cuando reconoce el lugar.
- Dictado presencial en planta En el establecimiento y por turnos, para que participe todo el personal sin frenar la producción.
- Evaluación de comprensión Verificamos que el contenido se entendió. Una firma de asistencia no acredita aprendizaje, y ante un accidente esa diferencia se discute.
- Registro y certificación Entregamos planillas firmadas con temario, fecha, duración e instructor, más certificado individual. Es lo que se presenta en la inspección.
Formación con estándar internacional
Entre 2018 y 2019 el Lic. Maximiliano Sanfilippo se desempeñó como instructor de la Organización Internacional del Trabajo en el Módulo de Inspección de Seguridad y Salud en el Trabajo, formando a inspectores laborales.
Formar inspectores impone un estándar distinto: hay que explicar no solo qué dice la norma, sino cómo se verifica en terreno y cómo se sostiene técnicamente lo que se afirma. Ese mismo criterio se aplica en las capacitaciones a empresas — el objetivo no es cubrir el expediente, es que el trabajador entienda por qué el riesgo existe y qué lo controla.