Decreto 351/79 · Ley 19.587

Planes de Evacuación y Emergencia

Elaboramos el plan que define cómo se sale de tu establecimiento cuando algo sale mal: quién hace qué, por dónde se evacúa, dónde se reúne la gente y cómo se verifica que no quedó nadie adentro.

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Qué es un plan de evacuación y quién está obligado

Un plan de evacuación es el procedimiento documentado que establece cómo abandonar un establecimiento de manera ordenada y segura ante una emergencia: incendio, escape de gas, amenaza, derrumbe o cualquier situación que obligue a desalojar.

No es un cartel de salida ni un plano colgado en la pared. Es un documento técnico que define roles concretos, rutas principales y alternativas, puntos de encuentro, el sistema de alarma y el procedimiento de verificación final. Y sobre todo: es un plan que la gente conoce, porque un plan que nadie practicó no funciona el día que hace falta.

La exigencia alcanza a la enorme mayoría de los establecimientos con personal. Locales comerciales, plantas industriales, depósitos, oficinas, obras en construcción y centros de atención al público entran todos dentro del alcance.

Marco normativo aplicable

  • Ley 19.587Obliga al empleador a adoptar las medidas necesarias para prevenir y afrontar situaciones de emergencia.
  • Decreto 351/79Reglamenta las condiciones de protección contra incendios, medios de escape, señalización y salidas de emergencia.
  • Decreto 911/96Régimen específico para obras de construcción, con requisitos propios de evacuación y emergencia.
  • Normativa municipalMuchos municipios exigen el plan visado para habilitar el local. La Plata y CABA tienen requisitos propios.

Qué incluye el plan que entregamos

Estructura de emergencia Jefe de emergencia, brigadistas y responsables de piso o sector, con reemplazos.
Rutas de evacuación Recorrido principal y alternativo desde cada sector hasta la salida.
Puntos de encuentro Ubicación segura, con criterio de distancia y accesibilidad.
Sistema de alarma Cómo se da el aviso, quién lo activa y cómo se comunica la emergencia.
Planos de evacuación Planos por sector para colocar en pared, con la posición del observador.
Procedimiento de verificación Cómo se confirma que el establecimiento quedó vacío y quién lo certifica.

Cómo lo desarrollamos

  1. Relevamiento del establecimiento Recorremos la planta, medimos los recorridos de escape, verificamos anchos de paso, sentido de apertura de puertas, iluminación de emergencia y estado de los matafuegos.
  2. Análisis de riesgos de emergencia Identificamos qué puede originar una evacuación en tu actividad concreta: carga de fuego, sustancias, instalaciones eléctricas o riesgos del entorno.
  3. Diseño del plan y los roles Definimos la estructura de emergencia según la dotación real y los turnos, para que haya siempre alguien a cargo en cada horario.
  4. Planos y señalización Elaboramos los planos por sector y relevamos qué señalización falta o está mal ubicada.
  5. Capacitación de la brigada Formamos a quienes tienen rol asignado: qué hacer, en qué orden y hasta dónde llega su responsabilidad.
  6. Simulacro y acta Ejecutamos el simulacro, medimos el tiempo real de evacuación, detectamos las fallas y dejamos el acta firmada que la inspección va a pedir.

El simulacro es la parte que no se puede saltear

Es la diferencia entre un plan que existe y un plan que funciona. El simulacro revela lo que el papel no muestra: la puerta que abre para el lado equivocado, el pasillo que se traba, el sector que no escucha la alarma, el encargado que no sabía que tenía un rol.

Además, el acta de simulacro es una de las constancias que un inspector pide de entrada. Un plan sin registro de simulacro se lee como un plan que no se implementó — y ante un siniestro con consecuencias, esa distinción pesa mucho.

Qué pasa si no lo tenés

En una inspección, la ausencia del plan es un incumplimiento que se labra en acta junto con la falta de señalización o de iluminación de emergencia si también faltan. Pero la consecuencia seria aparece después de un siniestro: la falta de plan y de simulacros documentados es uno de los primeros elementos que se analizan al determinar responsabilidades, tanto en sede administrativa como judicial.

Preguntas frecuentes

Como criterio general se revisa una vez al año, pero hay tres situaciones que obligan a actualizarlo antes de ese plazo: una modificación edilicia que cambie los recorridos de escape, un cambio significativo en la dotación o en los turnos de trabajo, y la incorporación de un proceso o una sustancia que altere el riesgo de emergencia. Si nada de eso pasó, la revisión anual junto con el simulacro es suficiente.
Sí, el simulacro es parte de la implementación del plan y se documenta con un acta. La práctica habitual es realizarlo al menos una vez al año. En establecimientos con mayor riesgo, con público o con personal rotativo conviene aumentar la frecuencia, porque el objetivo es que la gente que está hoy en la planta sepa qué hacer, no que exista un acta vieja de gente que ya no trabaja ahí.
Debe estar firmado por un profesional con título habilitante en higiene y seguridad y matrícula vigente en el colegio profesional de la jurisdicción donde está el establecimiento. Un plan sin firma profesional, o firmado por alguien sin matrícula vigente, no cumple el requisito aunque el contenido técnico sea correcto.
Sí. La obligación no depende de la superficie ni de la cantidad de empleados, sino de que exista un establecimiento con personal. Lo que cambia es la complejidad: una oficina de diez personas necesita un plan simple, con roles claros y un recorrido bien señalizado, no el mismo desarrollo que una planta industrial. Pero necesita el documento, la señalización y el simulacro registrado igual.

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